{"id":1447,"date":"2020-04-03T18:08:11","date_gmt":"2020-04-03T21:08:11","guid":{"rendered":"http:\/\/sindicatodercocenter.cl\/sdc\/?p=1447"},"modified":"2024-07-09T12:26:30","modified_gmt":"2024-07-09T16:26:30","slug":"autoridad-explica-en-que-casos-se-puede-suspender-relacion-laboral-y-cuando-el-trabajador-puede-optar-al-seguro-de-cesantia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sindicatodercocenter.cl\/sdc\/autoridad-explica-en-que-casos-se-puede-suspender-relacion-laboral-y-cuando-el-trabajador-puede-optar-al-seguro-de-cesantia\/","title":{"rendered":"Autoridad explica en qu\u00e9 casos se puede \u00absuspender\u00bb relaci\u00f3n laboral y cu\u00e1ndo el trabajador puede optar al Seguro de Cesant\u00eda"},"content":{"rendered":"<h3><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-1448\" src=\"http:\/\/sindicatodercocenter.cl\/sdc\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/banner-proteccionempleo.png\" alt=\"\" width=\"660\" height=\"300\" srcset=\"https:\/\/sindicatodercocenter.cl\/sdc\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/banner-proteccionempleo.png 660w, https:\/\/sindicatodercocenter.cl\/sdc\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/banner-proteccionempleo-300x136.png 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 660px) 100vw, 660px\" \/><\/h3>\n<h3 style=\"text-align: center;\">Tras promulgaci\u00f3n de Ley de Protecci\u00f3n del Empleo.<\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Este mi\u00e9rcoles el presidente Sebasti\u00e1n Pi\u00f1era promulg\u00f3 la Ley de Protecci\u00f3n del Empleo que permitir\u00e1 que los trabajadores sigan recibiendo ingresos a pesar de que la relaci\u00f3n laboral se encuentre suspendida. En este sentido, el Seremi del Trabajo, Federico Iglesias inform\u00f3 que la nueva normativa entrar\u00e1 en vigencia una vez que sea publicada en el Diario Oficial.<\/p>\n<p>\u201cLa ley se mueve en tres casos o hip\u00f3tesis, en primer lugar en caso de que sea suspendida una relaci\u00f3n laboral por un acto de autoridad, es decir que sea la autoridad sanitaria que diga que una determinada empresa o rubro no puede seguir funcionando, como es el caso de lo ocurrido hasta el d\u00eda de hoy con restaurantes, pubs y discoteques que han tenido que cerrar\u201d, explic\u00f3 el seremi.<\/p>\n<p>La segunda hip\u00f3tesis en la que se mueve la ley, aplica en el caso de que un empleador con su trabajador hayan pactado suspender el contrato de trabajo, \u201clo que significa que las partes acuerdan que el empleador no pague la remuneraci\u00f3n y que el trabajador no tenga la obligaci\u00f3n de ir a trabajar y esto ha ocurrido y varias pymes de la regi\u00f3n han acordado con su trabajador durante este tiempo que se est\u00e1 vendiendo muy poco, suspendan la relaci\u00f3n del contrato de trabajo y eso no es terminar el contrato de trabajo, sino que, es dejar la relaci\u00f3n laboral congelada\u201d.<\/p>\n<p>El tercer escenario en el que se aplica, es cuando las partes acuerdan reducir la jornada de trabajo, \u201csi las partes no pueden seguir trabajando, ya bien porque haya un acto de autoridad o bien porque las partes hayan acordado suspender el contrato de trabajo, el empleador tiene que seguir pagando las cotizaciones previsionales y de salud\u201d.<\/p>\n<p>Se\u00f1al\u00f3 que mientras est\u00e9 vigente la ley, el empleador se ve impedido en ponerle t\u00e9rmino al contrato en el caso de que \u00e9ste se encuentre suspendido por las causales mencionadas. \u201cLo que la ley se\u00f1ala es que si el contrato de trabajo se encuentra suspendido, no puede poner t\u00e9rmino aduciendo la causal de caso fortuito o fuerza mayor, sino que \u00fanica y exclusivamente por necesidades de la empresa\u201d.<\/p>\n<p><strong>Seguro de Cesant\u00eda<\/strong><\/p>\n<p>Iglesias explic\u00f3 en qu\u00e9 consiste el seguro de cesant\u00eda, al que podr\u00e1n optar los trabajadores cuando la ley entre en vigencia. \u201cEl empleador es quien debe solicitar el beneficio ante la AFC (Administradora de Fondos de Censat\u00eda) por sus trabajadores y este tr\u00e1mite se realizar\u00e1 v\u00eda online\u201d.<\/p>\n<p>Aclar\u00f3 que en el caso de que un trabajador fuera excluido de esa solicitud, el mismo empleado podr\u00e1 hacerla directamente ante la AFC o v\u00eda online.<\/p>\n<p>Asimismo, dijo que para ello hay que cumplir ciertos requisitos. Lo primero es que est\u00e9 suspendido el contrato de trabajo por acto declaraci\u00f3n de autoridad o por mutuo acuerdo de las partes. \u201cLos trabajadores que tienen acceso a cobrar o recibir ingresos del seguro de cesant\u00eda son aquellos que tengan tres cotizaciones continuas en los meses inmediatamente anteriores, es decir, que tengan cotizaciones en enero, febrero o marzo, o tambi\u00e9n los que tengan seis cotizaciones continuas o discontinuas los \u00faltimos 12 meses\u2026 Si solo tienen dos, basta con que acredite que durante el \u00faltimo a\u00f1o cotiz\u00f3 o tuvo a lo menos tres cotizaciones\u201d.<\/p>\n<p><strong>Previsiones al d\u00eda<\/strong><\/p>\n<p>En caso de que el trabajador est\u00e9 registrado en Fonasa y AFP, pero no tenga las cotizaciones pagadas, el seremi se\u00f1al\u00f3 que \u201ces una irregularidad en la que el empleador arriesga penas de reclusi\u00f3n, porque en el acto est\u00e1 reteniendo plata que es propia del trabajador\u201d. Asimismo aclar\u00f3 que si llegara a suceder, el empleado debe hacer la denuncia ante la Direcci\u00f3n del Trabajo, Tribunales Laborales o ante la instituci\u00f3n de Seguridad Social correspondiente. \u201cEl llamado a los trabajadores es que revisen que les est\u00e9n pagando todas las cotizaciones de Seguridad Social\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras promulgaci\u00f3n de Ley de Protecci\u00f3n del Empleo. &nbsp; Este mi\u00e9rcoles el presidente Sebasti\u00e1n Pi\u00f1era promulg\u00f3 la Ley de Protecci\u00f3n del Empleo que permitir\u00e1 que los trabajadores sigan recibiendo ingresos a pesar de que la relaci\u00f3n laboral se encuentre suspendida. 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