{"id":1460,"date":"2020-04-16T11:55:45","date_gmt":"2020-04-16T15:55:45","guid":{"rendered":"http:\/\/sindicatodercocenter.cl\/sdc\/?p=1460"},"modified":"2024-07-09T12:26:30","modified_gmt":"2024-07-09T16:26:30","slug":"ley-de-proteccion-al-empleo-por-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sindicatodercocenter.cl\/sdc\/ley-de-proteccion-al-empleo-por-covid-19\/","title":{"rendered":"Ley de Protecci\u00f3n al Empleo por COVID-19"},"content":{"rendered":"<h3><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-1461\" src=\"http:\/\/sindicatodercocenter.cl\/sdc\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/banner-legal-virus.png\" alt=\"\" width=\"660\" height=\"300\" srcset=\"https:\/\/sindicatodercocenter.cl\/sdc\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/banner-legal-virus.png 660w, https:\/\/sindicatodercocenter.cl\/sdc\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/banner-legal-virus-300x136.png 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 660px) 100vw, 660px\" \/><\/h3>\n<h3>Suspensi\u00f3n de actividades decretada por la autoridad por el Covid 19<\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfQui\u00e9nes tienen derecho al uso excepcional de los fondos del seguro de cesant\u00eda?<\/strong><\/p>\n<p>Los trabajadores con contrato afiliados al seguro de cesant\u00eda que cumplan con las condiciones establecidas por la ley. Pueden tener contrato indefinido, a plazo fijo o por obra o faena.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1ndo se permite de manera extraordinaria el uso de los recursos del seguro de desempleo?<\/strong><\/p>\n<p>Se aplica cuando la autoridad competente ordena la paralizaci\u00f3n de actividades en todo el pa\u00eds o en parte del pa\u00eds o proh\u00edba la prestaci\u00f3n de servicios laborales contratados, como medida de seguridad ante el COVID 19 (Coronavirus).<\/p>\n<p>Se suspende el contrato de trabajo de pleno derecho y por el solo ministerio de la ley.<br \/>\nEl efecto de la suspensi\u00f3n del contrato individual de trabajo implicar\u00e1 el cese temporal, por el per\u00edodo de tiempo que el acto o declaraci\u00f3n de autoridad determine, de la obligaci\u00f3n de prestar servicios por parte del trabajador y de la obligaci\u00f3n de pagar la remuneraci\u00f3n y dem\u00e1s asignaciones que no constituyan remuneraci\u00f3n.<\/p>\n<p>La ley define los requisitos y limitaciones, as\u00ed como el procedimiento que se debe seguir para acceder a las prestaciones del seguro de cesant\u00eda.<\/p>\n<p>Por ejemplo, se aplica a la suspensi\u00f3n de actividades en las comunas en que se resuelva la \u201ccuarentena\u201d para frenar los contagios del COVID 19.<\/p>\n<p>Esta disposici\u00f3n se puede aplicar por un m\u00e1ximo de seis meses desde el 6 de abril de 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfLas partes pueden acordar la continuidad de la relaci\u00f3n laboral?<\/strong><\/p>\n<p>S\u00ed, por acuerdo escrito de empleadores y trabajadores podr\u00e1 convenirse la continuidad de la relaci\u00f3n laboral durante el per\u00edodo afecto al acto o declaraci\u00f3n de autoridad, el que deber\u00e1 constar por escrito.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1nto pueden cobrar?<\/strong><\/p>\n<p>Durante el primer mes de suspensi\u00f3n, se cubrir\u00e1 el 70% del promedio de las remuneraciones imponibles en los \u00faltimos tres meses en que se registren cotizaciones, anteriores al inicio del acto o declaraci\u00f3n de autoridad. Si se extiende la suspensi\u00f3n, se pagar\u00e1 el 55% y luego el 45% al tercer mes. Si se llega al cuarto mes, se pagar\u00e1 un 40% de la remuneraci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfSe considera a los trabajadores que no paralizan?<\/strong><\/p>\n<p>El Subsecretario de Hacienda debe dictar una resoluci\u00f3n fundada en la que se\u00f1alar\u00e1 la zona o territorio afectado y las actividades o establecimientos exceptuados de la paralizaci\u00f3n de labores. Los trabajadores que se desempe\u00f1an en esas actividades no pueden acceder a estas prestaciones de la ley.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfDe d\u00f3nde salen los recursos para pagar por el tiempo de paralizaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>De la cuenta individual del seguro de cesant\u00eda del trabajador. Cuando los fondos sean insuficientes, el beneficio se financiar\u00e1 con cargo al Fondo de Cesant\u00eda Solidario.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 trabajadores quedan excluidos?<\/strong><\/p>\n<p>El trabajador que, al momento de dictarse el acto o la declaraci\u00f3n de la autoridad, hubiere suscrito con su empleador un pacto que permita asegurar la continuidad de la prestaci\u00f3n de los servicios durante la vigencia de la medida.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n no son considerados los trabajadores que pacten con el empleador continuar recibiendo todo o parte de su remuneraci\u00f3n mensual.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 pasa si el trabajador tiene licencia m\u00e9dica?<\/strong><\/p>\n<p>Se le pagar\u00e1 el subsidio correspondiente y no har\u00e1 uso de los fondos del seguro de cesant\u00eda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfSe aplica al estado de cat\u00e1strofe por calamidad p\u00fablica dictado el 18 de marzo de 2020?<\/strong><\/p>\n<p>S\u00ed, la ley se extiende incluso al per\u00edodo que va entre esa fecha y su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfSe exige un m\u00ednimo de cotizaciones?<\/strong><\/p>\n<p>Esos trabajadores tendr\u00e1n derecho hacer los giros de su cuenta del seguro de cesant\u00eda, siempre que registren tres cotizaciones continuas en los \u00faltimos tres meses inmediatamente anteriores a la declaraci\u00f3n de la autoridad.<\/p>\n<p>Asimismo, podr\u00e1n acceder aquellos trabajadores que registren un m\u00ednimo de seis cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los \u00faltimos doce meses, siempre que a lo menos tengan las \u00faltimas dos cotizaciones con el mismo empleador en los dos meses inmediatamente anteriores al acto o declaraci\u00f3n de autoridad.<\/p>\n<h3><\/h3>\n<h3>Pacto de reducci\u00f3n de la jornada<\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfPuede haber un acuerdo para reducir temporalmente la jornada?<\/strong><br \/>\nS\u00ed, la ley considera esa posibilidad para algunas de las siguientes situaciones:<\/p>\n<ol type=\"1\">\n<li>Empleadores como los que han reducido sus ventas en tres meses consecutivos en m\u00e1s de un 20%;<\/li>\n<li>Las empresas que est\u00e9n en proceso concursal de reorganizaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Las empresas de menor tama\u00f1o que est\u00e9n en proceso de asesor\u00eda econ\u00f3mica por insolvencia y<\/li>\n<li>Las empresas que est\u00e9n exceptuadas en la declaraci\u00f3n de la autoridad, pero que necesiten reducir o redistribuir la jornada de sus trabajadores para poder mantener su continuidad operacional o para proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1nto puede durar el pacto de reducci\u00f3n de jornada?<\/strong><\/p>\n<p>Se puede pactar durante la vigencia de la ley un periodo m\u00e1ximo de cinco meses continuos, para trabajadores con contrato de trabajo indefinido, y de tres meses continuos, para trabajadores con contrato de trabajo a plazo fijo, por una obra, trabajo o servicio determinado. La duraci\u00f3n m\u00ednima de un pacto de reducci\u00f3n temporal de la jornada de trabajo ser\u00e1 de un mes.<br \/>\nLas empresas pueden aplicar la reducci\u00f3n en cualquier momento dentro de los primeros seis meses de vigencia de la ley. En el caso del punto 4 (empresas que no est\u00e9n en la declaraci\u00f3n de la autoridad, pero que requieran reducir la jornada) tienen plazo para aplicar la normativa hasta el 28 de febrero de 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>Pacto de suspensi\u00f3n<\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfExiste la posibilidad de que empleador y trabajadores acuerden suspender las actividades si no hay decisi\u00f3n de la autoridad?<\/strong><\/p>\n<p>S\u00ed. Los empleadores cuya actividad se vea afectada total o parcialmente, podr\u00e1n suscribir con el o los trabajadores personalmente, o previa consulta a la organizaci\u00f3n sindical a la que se encuentre afiliado, un pacto de suspensi\u00f3n temporal del contrato de trabajo. Este pacto solamente podr\u00e1 celebrarse fuera de los periodos de suspensi\u00f3n decretados por la autoridad.<br \/>\nEl empleador y el trabajador y\/o el representante de la organizaci\u00f3n sindical respectiva deber\u00e1n presentar ante la Sociedad Administradora del Fondo de Cesant\u00eda, preferentemente de forma electr\u00f3nica, una declaraci\u00f3n jurada simple que d\u00e9 cuenta de la situaci\u00f3n. Con ese pacto, se podr\u00e1n usar los recursos del seguro de desempleo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>Cotizaciones y despidos<\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfSe dejan de pagar las cotizaciones si se usa el seguro de desempleo?<\/strong><\/p>\n<p>El empleador estar\u00e1 obligado a pagar las cotizaciones previsionales y de seguridad social, tanto de su cargo como aquellas del trabajador, con excepci\u00f3n de las cotizaciones del seguro social de la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Las cotizaciones se calcular\u00e1n sobre el 50% de la remuneraci\u00f3n que sirve de base para el c\u00e1lculo de la prestaci\u00f3n del seguro de cesant\u00eda.<\/p>\n<p><strong>\u00bfPuede haber despidos en las empresas que est\u00e9n en las \u00e1reas paralizadas?<\/strong><\/p>\n<p>S\u00ed, pero solo por la causal de necesidades de la empresa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>Trabajadores y trabajadoras de casa particular<\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 pasa con los trabajadores y trabajadoras de casa particular?<\/strong><\/p>\n<p>Podr\u00e1n recibir el beneficio de la indemnizaci\u00f3n acumulada, financiada por el 4,11 de la remuneraci\u00f3n que paga el empleador. La Administradora de Fondos de Pensiones respectiva deber\u00e1 girar de la cuenta del trabajador, el equivalente a un 70% de su remuneraci\u00f3n mensual imponible o el saldo total si este fuere inferior. Si el acto o declaraci\u00f3n de autoridad se extendiere por m\u00e1s de 30 d\u00edas y el trabajador tuviere saldo en dicha cuenta, la Administradora de Fondos de Pensiones girar\u00e1 la suma equivalente al 55%, 45%, 40% y 35% de la remuneraci\u00f3n imponible, para los meses segundo, tercero, cuarto y quinto, respectivamente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Suspensi\u00f3n de actividades decretada por la autoridad por el Covid 19 &nbsp; \u00bfQui\u00e9nes tienen derecho al uso excepcional de los fondos del seguro de cesant\u00eda? Los trabajadores con contrato afiliados al seguro de cesant\u00eda que cumplan con las condiciones establecidas por la ley. 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