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Activan 6º y 7º pago del Seguro de Cesantía: revisa la fecha y montos a recibir

Este viernes el Diario Oficial publicó el decreto que establece un sexto y séptimo pago con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, extendiendo por dos meses más los beneficios para trabajadores desempleados o con suspensión de su contrato.

Adicionalmente, el quinto pago con cargo al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) se aumenta a un 55% de la remuneración mensual.

Estos pagos adicionales serán de un 45% del promedio de la remuneración del trabajador, con un tope máximo de $419.757 y mínimo de $225.000, y rigen a partir del 1 de agosto de este año.

Por lo tanto, quienes accedan al sexto y séptimo pago recibirán las prestaciones a partir de esta fecha, según corresponda.

“Con la publicación de este decreto se cumple el compromiso del gobierno de extender los giros del Seguro de Cesantía agregando un giro sexto y séptimo, con cargo al fondo solidario”, dijo la seremi del Trabajo y Previsión Social del Biobío, Sintia Leyton Aedo.

El decreto publicado en el Diario Oficial establece además el aumento del monto correspondiente al quinto pago con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, el que se elevó a 55%.

Por lo tanto, quienes recibieron su quinto pago después del 1 de agosto, por un monto inferior, recibirán el diferencial. Mientras que a quienes les corresponda el pago a partir de este mes, recibirán el monto con el ajuste incorporado.

La fecha de pago de estos giros para los trabajadores con contratos suspendidos, dependerá, en cada caso, de cuando se les pagó su quinto giro.

A partir del día lunes 28 de septiembre, la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) iniciará la notificación individual para cada trabajador informando la fecha exacta de su pago.

Desde la semana del 5 de octubre se iniciarán los pagos, y se va a priorizar a aquellos trabajadores a los que les corresponda percibir pagos o reliquidaciones de manera retroactiva, pudiendo en ciertos casos los trabajadores recibir beneficios por este decreto el día 2 de octubre.

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