sábado , diciembre 21 2024

Agilizan finiquitos y se elimina consentimiento del empleador para hacer reserva de derechos

La Dirección del Trabajo apuntó a que se trata de un derecho irrenunciable del trabajador.

Un dictamen de la Dirección del Trabajo (DT) modificó la tramitación de los finiquitos y desde ahora no será necesario tener el consentimiento del empleador para estampar una “reserva de derechos”, es decir, posibles reclamos judiciales a futuro sobre materias en desacuerdo.

“Con ello, la legislación impide que acuciados por su nueva situación de incertidumbre laboral y económica, trabajadores y trabajadoras firmen el finiquito para recibir dinero inmediato, renunciando para siempre a otros estipendios adeudados o derechos pendientes”, destacó la DT.

El organismo recordó que los finiquitos “son documentos que pueden ser suscritos en notarías o en la Dirección del Trabajo, en este último organismo tanto en las inspecciones como electrónicamente en el sitio direcciondeltrabajo.cl“.

Según explicó la DT, la “reserva de derechos” es el acto por el cual el trabajador o trabajadora deja estampada su decisión de reclamar posteriormente en tribunales materias con las que está en desacuerdo, aunque igualmente firme el finiquito por estar de acuerdo con el resto de los conceptos y montos estipulados en el documento.

“La reserva de derechos ha sido conceptualizada por los tribunales de justicia como un acto jurídico unilateral no recepticio’, que la legislación ha reconocido tácitamente como un derecho irrenunciable del trabajador y que lo habilita para interponer las acciones legales para reclamar por la vía judicial del derecho reservado”, argumenta el dictamen.

La resolución que firma el titular de la DT, Pablo Zenteno, hace hincapié en la asimetría de la relación laboral, pues “la pérdida involuntaria del empleo supone en todo caso un riesgo inmediato y muy concreto de empeoramiento significativo de las condiciones de vida y, en muchos casos, de marginación social”, lo que puede “llevar a renunciar a ciertos derechos, a fin de obtener el pago inmediato de salarios atrasados”.

 

Fuente: Cooperativa.cl

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