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Todo lo que debes saber si te dan una licencia médica por coronavirus

En el caso que estés con licencia por Covid-19, para saber quién te la pagará, lo primero es determinar si el contagio fue en un contexto laboral o no. Si fue en el trabajo, no importa si eres dependiente o independiente, ya que desde 2019 todos tienen derecho a una licencia médica.

Con la llegada del coronavirus a Chile a principios de marzo y el consiguiente aumento en el número de contagiados durante las últimas semanas en nuestro país, es muy posible que tengas muchas dudas respecto de qué hacer en caso de que contraigas la enfermedad.

Mediante nuestros consejos financieros queremos ayudarte a progresar y estar mejor preparado para enfrentar los desafíos que imponen las actuales circunstancias que atravesamos.

Si trabajas en uno de los sectores catalogados por las autoridades como esenciales, tales como el transporte, la alimentación o la salud, o si por su naturaleza no puedes desarrollar tus labores vía teletrabajo, estás más expuesto al virus y a contagiarte, por lo que es importante que conozcas el protocolo para la presentación y pago de licencias médicas por Covid-19.

En primer lugar, como en cualquier enfermedad o condición, las licencias médicas solo aplican para personas que trabajan en forma dependiente o independiente. En el caso de los estudiantes, que no pertenecen a estos dos grupos, no necesitan una licencia y si tuvieran que acreditar el reposo por haberse contagiado de coronavirus, deberán solicitar un certificado médico. Si te dan una licencia médica, el reposo contemplaría 14 días, lo que coincide con el tiempo en que aparecen los síntomas del virus.

Descubre quién tiene derecho a una licencia médica, y quién la paga

En el caso que seas diagnosticado con Covid-19, no te alarmes, en el servicio de salud donde fuiste atendido te darán una licencia médica. Ahora, según el origen del contagio dependerá a qué institución le corresponde realizar el pago. De acuerdo a lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO), en el oficio N° 1.161 del 18 de marzo de 2020, “los trabajadores con diagnóstico de Covid-19 que tuvieron contacto estrecho en su trabajo con personas con diagnóstico comprobado de la enfermedad, estarán cubiertos por la Ley 16.744 de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales”. Lo anterior significa que si el contagio ocurrió por causas laborales demostrables, el pago de la licencia médica correrá completamente por cuenta de los organismos administradores del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, por ejemplo, la Mutual de Seguridad o la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS).

Por el contrario, si el contagio es de origen no laboral, sino común (como podría ser dentro de tu familia o por un viaje de vacaciones), y no está relacionado a una actividad de trabajo demostrable, será Fonasa o la Isapre a la que estés afiliado la que cubra las prestaciones médicas y licencias generadas de la enfermedad.

Licencias médicas para trabajadores independientes

A contar del año 2019, los trabajadores a honorarios o independientes tienen la obligación de cotizar en el sistema de salud, sea a través de Fonasa o una Isapre, así como en una AFP y en el Seguro de Cesantía. Por lo tanto, si un trabajador independiente cotizó en 2019, tiene derecho a licencia médica y al pago de la misma. Ahora bien, el monto de este pago estará determinado por si el trabajador optó por una cotización parcial o total. En el caso de haber optado por una cotización parcial, el pago de la licencia será en proporción a lo que cotizó. Si por el contrario la persona optó por una cotización total, el pago será por la totalidad.

Si te rechazan la licencia médica, puedes apelar

Siempre que presentes una licencia médica, existe la posibilidad de que esta sea rechazada o reducida. Si esto llega a sucederte, independiente de si tu previsión de salud es Fonasa o una Isapre, puedes apelar ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). Y ahora, dada la contingencia actual, podrás realizar el trámite desde tu hogar a través de internet.El plazo para apelar una licencia médica son 15 días hábiles, contados desde que el trabajador o la trabajadora recibe la resolución que notifica el rechazo o la reducción de la misma.

El COMPIN ha habilitado que este trámite se pueda realizar en forma remota (Apelaciones de Isapre), de manera de evitar que las personas tengan que trasladarse a sus oficinas, propagando el virus.

Ahora que ya conoces lo que debes hacer en el caso que te diagnostiquen Covid-19 y te den una licencia médica, lo más importante es que descanses, respetes la cuarentena preventiva y cuides tu salud y la de tu familia.

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5 comentarios

  1. Pamela Andrea esparza veliz

    Hola tengo una licencia medica por covid y la.caja de los Andes me.indica que no es posible pagarla porque ko. Cumplo con los 90 días trabajados, se entenderá eso.pero debería se una enfermedad laboral, ya que me.en ontraba trabajando cuando le contagie.
    Mi consulta aún podría apelar por la causa que les men ioko más arriba
    Ojalá puedan darme.una respuesta, lo encuentro insólito si por covid debería ser diferente los requisitos.

  2. Sindicato Dercocenter

    Gracias Pamela por comentarnos tu caso. Si te parece, te agradeceremos tomes contacto por interno con nuestro sindicato al correo: sindicatodercocenter@gmail.com. Con mucho gusto atenderemos a tu caso directamente. Saludos

  3. Leticia Roco Pereira

    Tuve covit me dieron solo 10 días se licencia y en realidad desde que me hice el PCR estuve 11dias encerrada hasta que me dieron el alta y solo me pagarán 7. Porque? Se puede apelar?

  4. Me paso lo mismo , se puede hacer algo ? O ya se da por perdida esa licencia ?

  5. Hola, soy dentista a honorarios y debo hacer cuarentena preventiva por contacto directo con alguien del trabajo. Cómo lo tengo que hacer para ver lo del pago de la licencia? Primera vez que me encuentro en esta situación y no se bien que hacer o con quien comunicarme